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Código ético

A. Introducción

A.1 Descripción y finalidad

El código ético o de conducta, pretende servir de guía para la actuación de todos los empleados de U mes U fan tres SL.

La función de este código ético es brindar un marco de referencia respecto al cual medir cualquier actividad. Los empleados deben pedir asesoramiento en caso de duda acerca del marco ético, ya que la responsabilidad absoluta de cada uno es “hacer lo correcto”, responsabilidad indelegable e inexcusable.

Los trabajadores de U MES U deben evitar siempre cualquier conducta que pueda dañar o poner en peligro a la empresa o su reputación, actuando de forma legal y honesta.

A.2 Ámbito de aplicación

Los principios y pautas de conducta contenidos en el Código ético son de aplicación en su totalidad a todos los miembros administradores, todos los empleados de la empresa y/o a todas aquellas personas físicas y/o jurídicas vinculadas empresarial o profesionalmente con la empresa (proveedores, clientes, asesores o profesionales externos, etc.)

La alta dirección de U MES U pondrá todos los medios a su alcance para hacer cumplir las normas contenidas en el presente Código Ético.

A.3 Obligación de conocer el código ético y su control de aplicación

Todas las personas que están bajo su ámbito de aplicación tienen el deber de conocer y cumplir el código ético, incluyendo la comunicación al departamento de recursos humanos de cualquier incumplimiento de este, ya sea directamente, a través del canal de denuncias compliance@umesu.wine o a través del buzón de sugerencias/denuncias.

El departamento de recursos humanos y la persona designada para la función del buen gobierno corporativo velará por la correcta comunicación del código ético a todos los empleados y su correcto cumplimiento a través del seguimiento con valoraciones y revisiones periódicas.

B. Valores y principios

B.1 Aspectos generales

El buen gobierno corporativo, la responsabilidad, la transparencia, el compromiso y la excelencia conforman junto con el dinamismo y la innovación los pilares fundamentales del código ético de todas las personas que forman parte de la empresa.

Todas las actuaciones de estas personas, como consecuencia de su vinculación con la empresa U mes U fan tres SL, han de estar guiadas por estos valores.

B.2 Igualdad de oportunidades

B.2.1 U mes u fan tres SL proporcionará las mismas oportunidades de acceso al trabajo y en la promoción profesional, asegurando en todo momento la ausencia de situaciones de discriminación por razón de sexo u orientación sexual, raza, religión, origen, estado civil o condición social.

B.2.2 Los trabajadores de la empresa se atenderán en todo momento, al principio de igualdad y no discriminaran a compañeros, trabajadores, directivos o personas con las que se relacionasen durante el desarrollo de su actividad laboral por ninguna causa.

B.2.3 En consecuencia, los sujetos que intervengan en procesos de contratación, selección y/o promoción profesional se guiarán con objetividad en sus actuaciones y decisiones.

B.2.4 Se promoverá en todo momento la igualdad de oportunidades y será objetivo fundamental identificar a aquellas personas mas acordes con el perfil y necesidades del puesto a cubrir, promoviendo el desarrollo profesional y personal de todos los empleados.

B.2.5 Los empleados de U mes U fan tres SL realizarán sus tareas en base a su capacidad profesional, siguiendo cuidadosamente las normas relativas a seguridad e higiene en el trabajo, con el objetivo de prevenir y minimizar los riesgos laborales.

B.2.6 U MES U FAN TRES S.L. se compromete a proporcionar una adecuada formación que mejore las habilidades laborales de todos los empleados y proporcione los medios para incrementar sus posibilidades de promoción futura.

B.3 Calidad y Sostenibilidad

B.3.1 U mes u fan tres SL se compromete con la búsqueda constante de la excelencia en la producción de vinos y cavas.

B.3.2 Ello se debe fundamentar en las prácticas sostenibles que minimicen el impacto ambiental y promuevan la conservación de recursos naturales.

B4. Deberes éticos, corrupción y cohecho

Como expresión de la integridad exigida a los administradores y responsables de la empresa, se da por supuesto que deben cumplir con los siguientes deberes éticos en el desempeño de su cargo:

B.4.1 No dar ni aceptar regalos u obsequios en el ejercicio de su cargo. Excepcionalmente se podrían aceptar u otorgar obsequios cuando concurran las circunstancias siguientes: sean de valor económico irrelevante o simbólico, respondan a signos de cortesía o a atenciones comerciales inusuales y no estén prohibidos por la ley.

B.4.2 No ofrecer, conceder, solicitar o aceptar, directamente o a través de otra persona, ventajas o beneficios presentes o futuros para si mismos o terceras personas a través de ventajas debidas a su cargo en la empresa. En particular, no podrán dar ni recibir cualquier forma de soborno o comisión, procedente de cualquier otra parte implicada como funcionarios públicos, personal de otras empresas, partidos políticos, autoridades, clientes, proveedores y accionistas.

B.4.3 Hacer un uso responsable de los recursos y medios puestos a su disposición para el ejercicio de su cargo o posición laboral.

B.4.4 Evitar cualquier actuación o decisión que pueda vulnerar la ley o el sistema de gobernanza y sostenibilidad en sus actividades empresariales, profesionales o particulares.

B.5. Desempeño de una conducta profesional integra

Los criterios rectores a los que se deberá ajustar la conducta de los profesionales de la empresa serán la profesionalidad, la integridad y el autocontrol en sus actuaciones y decisiones:

B.5.1 La profesionalidad es la actuación diligente, responsable, eficiente y enfocada a la excelencia y la calidad.

B.5.2 La integridad es la actuación leal, honrada, de buena fe, objetiva y alineada con los intereses de la empresa y con sus principios y valores expresados en este código ético.

B.5.3 El autocontrol en las actuaciones y en la toma de decisiones supone que cualquier actuación que se realice se asiente sobre cuatro premisas básicas:
i) que sea éticamente aceptable
ii) que se encuentre dentro de la legalidad
iii) A Que se lleve a cabo en el marco de interés social de la compañía iv) que se esté dispuesto a asumir la responsabilidad sobre ella

B.6 Derechos humanos

B.6.1 La empresa U mes U fan tres SL manifiesta su compromiso y vinculación con los derechos humanos reconocidos en la legislación nacional e internacional de conformidad con los Principios rectores sobre empresas y derechos humanos y los principios en los que se basa el Pacto mundial de Naciones Unidas.

B.6.2 La empresa manifiesta su total rechazo al trabajo infantil, al trabajo forzoso u obligatorio y a cualquier forma de esclavitud moderna y se compromete a respetar la libertad de asociación y negociación colectiva, al derecho a circular libremente dentro de cada país, la no discriminación por ninguna condición o circunstancia, los derechos de las minorías étnicas y los pueblos indígenas en los lugares donde desarrollen su actividad.

B.7 Conflictos de interés

Un conflicto de interés se produce cuando los intereses personales de un empleado, administrador o un tercero compiten con los intereses de la empresa.
B.7.1 Las personas que están sujetas el alcance del código ético actuaran siempre de forma que sus intereses particulares, los de sus familiares o otras personas vinculadas a ellos no primen sobre los de la empresa.

B.7.2 La contratación de servicios y suministros deberá efectuarse conforme a los procedimientos internos establecidos, evitando criterios de subjetividad.

B.7.3 Si se produjera un conflicto de interés, el empleado deberá comunicarlo al responsable de RRHH o al responsable de compliance.

C. Cumplimiento de la ley

C.1 Cumplimiento de la legalidad y del cumplimiento normativo

Los profesionales de U mes u fan tres SL cumplirán estrictamente la legalidad vigente en la jurisdicción en la que desarrollen su actividad, atendiendo al espíritu y finalidad de las normas. Asimismo, se respetará íntegramente las obligaciones y compromisos asumidos por la empresa en sus relaciones contractuales con terceros, así como los usos y buenas prácticas de los países en los que ejerzan su actividad.

C2. La Compañía asume como pautas de comportamiento básicas, entre otras, la Declaración Universal de Derechos Humanos, Declaración de los principios y derechos fundamentales en el trabajo y Convenios de la Organización Internacional del Trabajo, las Líneas Directrices para Empresas Multinacionales de la OCDE y el Pacto Mundial de Naciones Unidas.

U MES U FAN TRES S.L. tiene como objetivo que todas las personas y entidades a las que les es de aplicación el presente Código de Conducta cumplan en sus relaciones con los grupos de interés los principios que se indican a continuación:

  • Cumplir y acatar las leyes nacionales e internacionales que sean de aplicación.
  • Respetar los derechos humanos y libertades públicas, contribuir a la preservación del entorno natural y colaborar con el desarrollo y bienestar de las comunidades.
  • Promover la honestidad, la equidad, la veracidad, el cumplimiento de los compromisos, la libre competencia y la transparencia.
  • Brindar unas buenas condiciones de trabajo, respetando los derechos laborales.
  • Contribuir de manera activa y desde una posición de liderazgo al equilibrio ambiental y al impulso de una economía baja en carbono.

C.2 Competidores

La empresa se compromete a competir en los mercados de forma legal y a no realizar publicidad engañosa o denigratoria de su competencia o terceros.
La obtención de información de terceros, incluyendo la de la competencia, se realizará de en el marco de la legalidad.

C.3 Organismos reguladores

Las relaciones con los organismos reguladores y los funcionarios se regirán por los principios de legalidad, transparencia, lealtad, confianza, profesionalidad, colaboración, reciprocidad y buena fe, sin prejuicio de las legítimas controversias que, respetando los principios anteriores y en defensa del interés social, puedan suscitarse con dichas autoridades en relación con la interpretación o aplicación de las normas.

LA empresa respetará y acatará las resoluciones judiciales o administrativas que se dicten, pero se reservan el derecho a recurrirlas, ante cuantas instancias fuera oportuno, cuando entiendan que no se ajustan a Derecho y contravengan sus intereses.

C.4 Tributos

La empresa asegura el cumplimiento de la normativa tributaria aplicable en cualquiera de los países en que desarrolle su actividad empresarial.
Se procurará una adecuada coordinación de la política fiscal, en el marco de la consecución del interés social y del apoyo a la estrategia empresarial a largo plazo, evitando riesgos e ineficiencias fiscales en la ejecución de las decisiones de negocio.

C.5 Legalidad laboral

C.5.1 Se respetará en cualquier caso la legislación vigente en materia laboral para cualquier trabajador de la empresa.
C.5.2 Se pagará a los profesionales que trabajen en la empresa o para la empresa de acuerdo con las leyes salariales aplicables, incluidos salarios mínimos, horas extras y beneficios sociales.

C.6 Relaciones con Autoridades

Los empleados mantendrán una actitud de respeto y colaboración con los representantes de las autoridades en el marco de sus competencias. La vinculación, pertenencia o colaboración con partidos políticos, ONG´s o con otro tipo de entidades, instituciones o asociaciones, así como las contribuciones o servicios a los mismos, deberán hacerse de manera que quede claro su carácter personal. No deberán desarrollarse actividades profesionales fuera de U mes U fan tres SL si las mismas interfieren con su labor habitual o si de alguna forma se encuentran en conflicto de intereses. En caso de desempeñar alguna actividad de este tipo, deberá comunicarlo a la dirección de RRHH o responsable de Compliance para su valoración.

D. Respeto a los empleados

U MES U FAN TRES S.L. rechaza cualquier manifestación de acoso físico, psicológico, moral o de abuso de autoridad, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno intimidatorio u ofensivo con los derechos de las personas y promueve condiciones de trabajo que eviten el acoso en todas sus formas, incluyendo el sexual y aquél por razón de sexo.

D.1 Todos los sujetos con personal a su cargo en los distintos departamentos o áreas de negocio de la empresa deberán promover que no se produzcan situaciones de discriminación, falta de igualdad, menosprecio o faltas al respeto y/o a la dignidad de las personas.

D.2 Desde la empresa se promoverán unas relaciones basadas en el respeto por la dignidad de los demás y la colaboración recíproca, propiciando un ambiente laboral respetuoso a fin de lograr un clima de trabajo positivo, sin distinciones por razón de posición dentro de la empresa, títulos, edad, género o cualquier otra condición contraria a los principios éticos de U mes u fan tres SL.

D.3 Se promoverá un entorno respetuoso de trabajo y sin acoso. Se rechaza cualquier manifestación de acoso, abuso de autoridad, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno de trabajo intimidatorio, ofensivo u hostil.

D.4 Los directivos de la empresa promoverán un ambiente de trabajo compatible con el desarrollo personal, procurando que sea posible la conciliación de los requerimientos del trabajo con su vida personal y familiar.

D.5 Se respetarán los derechos laborales reconocidos legalmente, así como las actividades que se lleven a cabo por las organizaciones representativas de los trabajadores, de acuerdo con las funciones y competencias que tengan legalmente atribuidas.

D.6 Todo empleado que detecte el mas ligero indicio de cualquier situación y/o actuación que pudiera dar lugar a la vulneración de derechos laborales o sindicales, deberá comunicarlo de inmediato al responsable de RRHH.

D.7 La empresa U mes U fan tres SL se compromete a velar por la protección de sus profesionales, evitando su sobreexposición a peligros físicos, químicos o biológicos y de tareas que demanden sobreesfuerzo físico en el lugar de trabajo. Asimismo, se compromete a identificar y evaluar las potenciales situaciones de riesgo o emergencia en el lugar de trabajo y minimizar su impacto mediante la implementación de medidas de prevención. Se proporcionará el material necesario para minimizar los riesgos laborales a través de lo dispuesto en la evaluación de riesgos.

E. Relaciones con proveedores

E.1 Los profesionales de la compañía se comprometen al cumplimiento de los procedimientos internos establecidos para los procesos de adjudicación, incluidos, especialmente, los referidos a la homologación de proveedores.

E.2 Los profesionales evitaran cualquier clase de interferencia o influencia de proveedores o terceros que pueda alterar su imparcialidad y objetividad profesional y no podrán recibir ninguna clase de remuneración procedente de proveedores, ya sea en efectivo o en especias.

E.3 El proveedor informará a la empresa de cualquier incumplimiento o sospecha de incumplimiento del código ético, utilizando el correo electrónico en la dirección que está habilitada al efecto en el canal de denuncias: compliance@umesu.wine.

E.4 Todos los proveedores que trabajen o deseen trabajar con U mes U fan tres SL deberán cumplir con el código ético y la legislación vigente: normativa, laboral, fiscal, de PRL, ambiental, etc. Además de comprometerse a respetar los derechos humanos.

E.5 Los precios y las informaciones presentadas por los proveedores serán tratados confidencialmente y no se revelarán a terceros salvo consentimiento de los interesados o por obligación legal, o en cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas.

E.6 Los profesionales de U mes U fan tres velaran por el cumplimiento de lo dispuesto en este código ético por parte de sus proveedores y actuaran en consecuencia ante cualquier violación.

F. Relaciones con clientes y consumidores

F.1 La empresa U mes u fan tres SL se compromete a ofrecer una calidad de productos igual o superior a lo establecido legalmente, fomentando el consumo responsable, compitiendo en el mercado y realizando las actividades de marketing y ventas basándose en los méritos de sus productos y servicios.

F.2 Los contratos con los clientes serán redactados de forma sencilla y clara. En las relaciones precontractuales o contractuales con los clientes se propiciará la transparencia y se informará claramente de todos los puntos.

F.3 Los profesionales evitaran cualquier clase de interferencia o influencia de clientes o terceros que pueda alterar su imparcialidad y objetividad profesional y no podrán recibir ninguna clase de remuneración procedente de clientes, ya sea en efectivo o en especias.

F.4 Se garantizará la confidencialidad de los datos de los clientes, comprometiéndonos a no revelarlos a terceros, salvo consentimiento del cliente o por obligación legal o en cumplimiento de resoluciones judiciales o administrativas.

F.5 La captación, utilización y tratamiento de datos de carácter personal de los clientes deberán realizarse de forma que se garantice el derecho a su intimidad y el cumplimiento de la legislación de protección de datos de carácter personal, así como los derechos reconocidos a los clientes por la legislación sobre servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico y demás disposiciones que resulten aplicables.

G. Uso y protección de activos

G.1 U MES U FAN TRES S.L. pone a disposición de los empleados los recursos necesarios para el desem¬peño de su actividad profesional.

G.2 Las personas de U MES U FAN TRES S.L. deben utilizar los recursos de la empresa de forma respon¬sable, apropiada y contando con las autorizaciones pertinentes, en el entorno de su ac-tividad profesional. Asimismo, deben protegerlos y preservarlos de cualquier uso inade¬cuado del que pudieran derivarse perjuicios para los intereses de la empresa.

G.3 Las personas de U MES U FAN TRES S.L. tienen prohibido enajenar, transmitir, ceder u ocultar cual¬quier bien titularidad de la Compañía con la finalidad de eludir el cumplimiento de res¬ponsabilidades y compromisos frente a terceros.

G.4 Los equipos y sistemas informáticos de U MES U FAN TRES S.L. deben tener un uso exclusivamente profesional. No obstante, en aquellos supuestos en los que excepcionalmente se utilicen estos recursos para fines personales, su uso debe ser mínimo, razonable, adecuado y conforme al principio de buena fe contractual. Todas las personas de la Compañía de¬berán conocer y aceptar las normas establecidas por la compañía. Los recursos tecno¬lógicos no pueden utilizarse para:

  • Emitir en nombre del grupo opiniones personales o acceder con igual objetivo a foros o redes sociales, salvo consentimiento expreso a tal efecto.
  • Almacenar o distribuir, ni visitar sitios de Internet con, material inapropiado que atente contra los derechos humanos, la intimidad, el honor, la propia imagen, la libertad religiosa; o contra la dignidad de las personas como racismo, xenofobia, apología de la violencia o del terrorismo, y material pornográfico o de apología sexista.
  • Usar, introducir, descargar, copiar, transmitir, reproducir, distribuir o almacenar cualquier tipo de software, obra editada o invención protegida por la propiedad intelectual o industrial sin la correspondiente licencia o autorización.
  • Realizar o participar en envíos masivos de correos electrónicos con cadenas de mensajes, bromas, o imágenes inapropiadas.

H. Medidas contra el soborno, fraude y la corrupción

H.1 U MES U FAN TRES S.L. se declara contraria a influir sobre la voluntad de personas ajenas a la Com¬pañía para obtener algún beneficio mediante el uso de prácticas no éticas. Tampoco permitirá que otras personas o entidades puedan utilizar estas prácticas con sus em¬pleados.

H.2 Los empleados, por razón de su cargo o responsabilidad, no podrán aceptar ningún tipo de regalo, atención, servicio o cualquier otra clase de favor de cualquier persona o entidad que supere los límites establecidos en la política de integridad de la empresa y que puedan afectar a su objetividad en la toma de decisiones o influir en su actividad comercial, profesional o administrativa dentro de la empresa. Asimismo, queda terminantemente prohibida a todos los empleados la participación directa o indirecta en todo tipo de actividades que impliquen prácticas corruptas, como, por ejemplo, sobornos, comisiones ilegales o tráfico de influencia.

I. Prevención del blanqueo de capitales

I.1 U MES U FAN TRES S.L. aplica el mayor rigor para prevenir y evitar el blanqueo de capitales prove¬nientes de actividades delictivas o ilícitas, y cuenta con procedimientos de control interno para su prevención, detección y, en su caso, erradicación.

I.2 Todas las personas de U MES U FAN TRES S.L. deberán cumplir con las disposiciones legales aplica¬bles y prestar especial atención a aquellos supuestos en que existan indicios de falta de integridad de las personas o entidades con las que se mantienen relaciones comer¬ciales como, entre otros, pagos que resulten inusuales atendiendo a la naturaleza de la transacción, pagos realizados a o por terceros no mencionados con el contrato, pa¬gos a personas o entidades residentes en paraísos fiscales o a cuentas bancarias abier¬tas en oficinas ubicadas en paraísos fiscales, pagos a entidades en las que no sea po¬sible identificar a los socios o últimos beneficiarios, pagos extraordinarios no previstos en los contratos.

I.3 Salvo casos excepcionales, con autorización expresa y con soporte documental traza¬ble, U MES U FAN TRES S.L. no permite los pagos en efectivo. En consecuencia, es obligación de los trabajadores informar inmediatamente a través de sus superiores jerárquicos o mediante un correo electrónico enviado a compliance@umesu.wine, de cualquier quebranto de las leyes o los códigos internos en cualquiera de los aspectos señalados en este apartado.

J. Sostenibilidad y medio ambiente

J.1 Comunicación
U MES U FAN TRES SL se compromete a transmitir el compromiso de la empresa con la producción de vinos y cavas de alta calidad, basada en principios de sostenibilidad y respeto al medio ambiente.

Se fomentará la conciencia ambiental entre nuestros empleados y clientes, proporcionando información sobre prácticas sostenibles.

J.2 Compromiso con la Sostenibilidad

Se buscará constantemente reducir la huella de carbono en todas las etapas del proceso de producción y distribución. Minimizar el desperdicio y fomentar el reciclaje en todas las operaciones. Priorizar prácticas sostenibles, como el uso responsable del agua y la promoción de la biodiversidad. Implementar tecnologías y prácticas que promuevan la eficiencia energética

J.3 Protección del Medio Ambiente

Se garantiza el cumplimiento con todas las leyes y regulaciones ambientales aplicables en nuestras actividades.
Se propondrá adoptar medidas preventivas para proteger el suelo, el aire y el agua de posibles contaminaciones.

J.4 Innovación Responsable

Se fomenta la investigación y la innovación en prácticas sostenibles para mejorar continuamente nuestra gestión ambiental. Buscar constantemente reducir el impacto ambiental de nuestros envases y materiales de embalaje.

J.5 Relaciones Responsables con Proveedores

Se debe priorizar la colaboración con proveedores que compartan nuestros valores de sostenibilidad y respeto al medio ambiente. Promover prácticas de compra responsables que consideren el impacto ambiental de los productos y servicios que adquirimos.

Hay que escuchar las inquietudes de los clientes, empleados y otras partes interesadas respecto a nuestras acciones ambientales y responder de manera adecuada.

K. Responsabilidad social

K.1 La empresa U MES U FAN TRES SL contribuye, con su actividad empresarial y su estrategia de desarrollo sostenible al progreso de la comunidad que le rodea, tanto desde el punto de vista económico, como desde la perspectiva de la ética empresarial, la promoción de la igualdad y la justicia social, la protección de los colectivos vulnerables, el fomento de la innovación y el cuidado del medio ambiente, la generación de empleo de calidad basado en la diversidad, la inclusión y el sentido de pertenencia, así como el liderazgo en la lucha contra el cambio climático.

K.2 Todas las aportaciones de contenido social, cultural o de cualquier otra naturaleza que se efectúen en nombre de la empresa deberán cumplir con los siguientes requisitos: No ser anónimas, tener una finalidad legítima y cuando sean dinerarias, realizarse por cualquier medio de pago que permita identificar al receptor de los fondos y dejar constancia de la aportación.

L. Confidencialidad y protección de datos

L.1 Con carácter general, los empleados deberán guardar secreto profesional respecto a los datos o información, públicos o no públicos que conozcan como consecuencia del ejercicio de su actividad profesional, ya procedan o se refieran a clientes, proveedores, a la empresa a otros empleados o directivos o a cualquier otro.

L.2 Los trabajadores se abstendrán de utilizar la información que conozcan con motivo del desempeño de su labor, para cualquier fin distinto de la misma, no pudiendo en caso alguno conservarla o duplicarla.

M. Reporte e irregularidades

M.1 Cualquier denuncia respecto una irregularidad o comportamiento poco ético se puede establecer por canales seguros, ya sea a través del correo compliance@umesu.wine, como acudiendo directamente a la persona responsable de RRHH y de responsabilidad social corporativa, como a través del buzón de sugerencias de la empresa.

M.2 U mes u fan tres SL garantiza que no habrá represalias contra aquellos que informen de manera veraz del incumplimiento del código ético por cualquiera de sus empleados o administradores.

M.3 No se permitirán notificaciones anónimas, sólo confidenciales. Por este motivo, el sistema de denuncia sólo podrá ser utilizado previa identificación de la persona denunciante. La empresa preservará el anonimato de la persona que ha comunicado de buena fe preocupaciones legítimas sobre el cumplimiento del presente Código y asegurará la confidencialidad de todo el proceso.

M.4 La persona con el cargo de velar por la responsabilidad social corporativa es la responsable de supervisar y garantizar el cumplimiento de este código ético.

M.5 U MES U FAN TRES SL asume la responsabilidad de corregir rápidamente cualquier violación de este código.

N. Revisión y actualización

N.1 U mes u fan tres SL se compromete a revisar periódicamente el código ético y actualizarlo según sea necesario.

N.2 Cualquier revisión y modificación del código ético será informada a los empleados y administradores.

O. Cumplimiento y consecuencias

O.1 Los empleados y administradores cumplirán tanto las disposiciones generales (leyes, reglamentos, etc.) como la normativa interna de la empresa que sea aplicable a su actividad.

O.2 En toda denuncia o investigación respecto a irregularidades en el comportamiento del personal se garantizarán los derechos a la intimidad, a la defensa y a la presunción de inocencia.

O.3 Se valorará y se hará efectiva la recisión de contratos con proveedores en caso de sospecha de irregularidades o incompatibilidades con el código ético de la empresa.

O.4 El incumplimiento por cualquier persona física de dicho Código conllevará la correspondiente punición según la gravedad de su actuación. Aquellas conductas que sean consideradas leves tendrán como consecuencia un expediente disciplinario y una suspensión de empleo y sueldo. Las conductas que sean consideradas graves o muy graves conllevarán la extinción de la relación laboral y, de ser pertinente, será informada la autoridad correspondiente.

P. Aprobación y vigencia del código ético

El presente texto del Código Ético es el actualmente vigente. El Órgano de Administración aprobó el código el 25 de julio de 2023 y su última modificación fue en fecha 26 de julio de 20236 de juliol de 2023